Test 4 Título X. De la reforma constitucional Constitución Española
La norma suprema del ordenamiento jurídico español.
1.- La aprobación del principio de reforma agravada por 2/3 de cada Cámara:
2.- Señale la afirmación INCORRECTA. La Constitución no puede ser reformada:
3.- La revisión total de la Constitución se tramita por el procedimiento del artículo:
4.- El Rey, respecto a la reforma constitucional:
5.- Aprobado el principio de reforma agravada, el Presidente del Gobierno:
6.- El referéndum de ratificación de una reforma agravada:
7.- Las Asambleas de las Comunidades Autónomas, respecto a la reforma constitucional:
8.- ¿Se ha utilizado alguna vez el procedimiento de reforma agravado del artículo 168?
9.- Una reforma que quiera cambiar el número de Senadores por provincia se tramitaría por:
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— Marc, Fundador de Lince Opositor
10.- ¿Quién tiene la iniciativa para proponer una revisión total de la Constitución?
11.- Si el Congreso aprueba una reforma ordinaria por 3/5 y el Senado la rechaza por mayoría absoluta (veto), ¿qué puede hacer el Congreso?
12.- La prohibición de iniciar una reforma durante un estado de excepción es para:
13.- Las Cámaras que estudian el nuevo texto constitucional en una reforma agravada, ¿pueden rechazarlo?
14.- Una reforma que afecte al artículo 23 (derecho de participación política) se tramitaría por el procedimiento:
15.- El Título X de la Constitución demuestra que el poder constituyente de 1978:
16.- ¿Qué sucede si, convocadas nuevas elecciones por una reforma agravada, las nuevas Cámaras no ratifican la decisión de reformar?
17.- El Título X de la Constitución demuestra que el poder constituyente originario:
18.- La iniciativa de reforma constitucional del Senado requiere una proposición firmada por:
19.- En una reforma ordinaria, si se crea una Comisión Mixta, ésta presentará un texto que será votado por:
20.- Si una reforma es aprobada por las Cortes, y el referéndum del artículo 167.3 es solicitado y su resultado es negativo:
21.- La solicitud de referéndum en una reforma ordinaria debe hacerse en los:
22.- Una reforma que afectara al procedimiento de la moción de censura (art. 113) se tramitaría por la vía:
23.- Las nuevas Cámaras elegidas en un procedimiento de reforma agravado tienen un mandato para:
24.- ¿Qué artículo remite a la iniciativa legislativa general para la reforma constitucional?
25.- Si una Comisión Mixta presenta un texto de reforma y este es rechazado por el Senado, ¿puede el Congreso aprobarlo por 2/3?
26.- Las Cortes elegidas tras la disolución del artículo 168:
Guía del examinador
| Nivel Intermedio Alta presencia en examen¡Test completado! Ahora viene lo importante: entender la lógica detrás de cada pregunta. Hemos analizado los conceptos clave, las trampas donde suele caer la mayoría y los artículos que el tribunal tiene en el punto de mira. Léelo para conectar puntos y reforzar tu criterio, no para memorizar a ciegas.
Dos procedimientos de reforma, distintos quórums, distintos efectos. El examinador los usa para construir preguntas trampa.
El Título X de la Constitución, artículos 166 al 169, regula la reforma constitucional. Es el bloque más técnico de la parte orgánica y el que más precisión requiere en examen. La Constitución española es rígida: no puede modificarse por el procedimiento legislativo ordinario sino que exige procedimientos especiales con mayorías reforzadas.
Existen dos procedimientos de reforma. El procedimiento ordinario del art. 167 requiere la aprobación por mayoría de tres quintos de cada Cámara. Si no hay acuerdo, se forma una comisión mixta y si tampoco hay acuerdo el Congreso puede aprobar la reforma por mayoría de dos tercios siempre que el Senado la hubiera aprobado por mayoría absoluta. El referéndum es facultativo: solo se celebra si lo solicita una décima parte de los diputados o senadores.
El procedimiento agravado del art. 168 se aplica cuando la reforma afecta al Título Preliminar, al Capítulo II del Título I, o al Título II. En este caso las Cortes deben aprobar la iniciativa por mayoría de dos tercios, disolverse, celebrarse nuevas elecciones, y las nuevas Cámaras deben ratificar la decisión y aprobar el nuevo texto constitucional. El referéndum es obligatorio.
| Concepto crítico | Referencia legal | Presencia |
|---|---|---|
| Reforma constitucional ordinaria (art. 167) | Art. 167 CE | Alta |
| Reforma constitucional agravada (art. 168) | Art. 168 CE | Alta |
| Materias sujetas al procedimiento agravado | Art. 168.1 CE | Alta |
| Referéndum facultativo vs. referéndum obligatorio | Arts. 167.3 y 168.3 CE | Alta |
| Prohibición de reforma durante estados excepcionales | Art. 169 CE | Media |
| Iniciativa de reforma constitucional | Art. 166 CE | Media |
Lo que no puedes fallar
- Distingue el art. 167 (reforma ordinaria) del art. 168 (reforma agravada): los quórums, el proceso y el referéndum son distintos
- Memoriza las materias del art. 168: Título Preliminar, Capítulo II del Título I y Título II —solo estas materias requieren el procedimiento agravado
- Recuerda que en la reforma ordinaria el referéndum es facultativo (lo pide 1/10 de diputados o senadores), no obligatorio
- Fíjate que en la reforma agravada el referéndum es siempre obligatorio, no facultativo
- No confundas la iniciativa de reforma (quién puede proponerla) con los quórums de aprobación (qué mayorías se necesitan)
Errores típicos
- Creer que siempre hay referéndum en cualquier reforma constitucional cuando solo es obligatorio en el procedimiento agravado
- Confundir las mayorías del art. 167: no es mayoría absoluta sino tres quintos de cada Cámara
- Pensar que el art. 168 se aplica a cualquier reforma importante cuando solo aplica a las materias expresamente mencionadas
- Olvidar que el art. 169 prohíbe iniciar la reforma constitucional en tiempo de guerra o durante los estados del art. 116
Preguntas frecuentes
El art. 168.1 establece que se requiere el procedimiento agravado cuando la reforma afecte al Título Preliminar (arts. 1-9), al Capítulo segundo del Título I (derechos fundamentales y libertades públicas, arts. 15-29), o al Título II (La Corona, arts. 56-65). Para cualquier otra materia se usa el procedimiento ordinario del art. 167.
En el procedimiento agravado del art. 168 el referéndum es siempre obligatorio. En el procedimiento ordinario del art. 167 el referéndum es facultativo: solo se celebra si dentro de los quince días siguientes a la aprobación de la reforma lo solicitan una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
No. El art. 169 CE prohíbe iniciar la tramitación de una reforma constitucional en tiempo de guerra o durante la vigencia de alguno de los estados del art. 116 (alarma, excepción o sitio). La prohibición afecta a la iniciación, no a la continuación de reformas ya iniciadas antes de declararse el estado excepcional.
🔑 La clave está en la práctica 🔑
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