Test 1 Título X. De la reforma constitucional Constitución Española
La norma suprema del ordenamiento jurídico español.
1.- Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de:
2.- Si no se logra la aprobación de la reforma mediante el procedimiento de la Comisión Mixta, ¿qué opción queda para que la reforma prospere?
3.- Señale la afirmación INCORRECTA sobre la iniciativa de reforma constitucional.
4.- Las nuevas Cámaras elegidas tras la disolución en un procedimiento de reforma agravada deberán:
5.- La aprobación de una reforma ordinaria por el Congreso por mayoría de 2/3, después de que el Senado la haya aprobado solo por mayoría simple, permite:
6.- Aprobado el principio de una reforma agravada, las Cortes Generales:
7.- Para aprobar una reforma constitucional que afecte al derecho a la vida (art. 15), se requiere:
8.- El Título X de la Constitución Española, "De la reforma constitucional", comprende los artículos:
9.- El principio de una propuesta de reforma agravada debe ser aprobado por:
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— Marc, Fundador de Lince Opositor
10.- ¿Qué título de la Constitución está protegido por el procedimiento de reforma agravado?
11.- El texto de reforma constitucional presentado por la Comisión Mixta deberá ser votado por el Congreso y el Senado. Para su aprobación, necesitará una mayoría de:
12.- La iniciativa de reforma constitucional de las Cortes Generales se ejerce a través de:
13.- Si no hubiera acuerdo entre el Congreso y el Senado en un proyecto de reforma ordinaria, se intentará obtenerlo mediante la creación de:
14.- Una reforma del artículo 30 (derecho y deber de defender a España) seguiría el procedimiento:
15.- ¿Quiénes NO tienen iniciativa para la reforma constitucional?
16.- Según el artículo 166 de la Constitución, la iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo:
17.- La disolución de las Cámaras es un paso obligatorio en el procedimiento de reforma:
18.- Una vez aprobada la reforma por las Cortes en un procedimiento agravado, ¿es obligatorio el referéndum para su ratificación?
19.- ¿Quiénes tienen la iniciativa para la reforma constitucional?
20.- Para una reforma que afecte al artículo 56 (La Corona), ¿qué mayoría se requiere para aprobar el principio de la revisión?
21.- El referéndum de ratificación de una reforma ordinaria, si es solicitado, tiene carácter:
22.- ¿Puede iniciarse una reforma constitucional durante la vigencia de un estado de alarma?
23.- El nuevo texto de una reforma agravada, una vez estudiado por las nuevas Cámaras, deberá ser aprobado por:
24.- La ratificación del nuevo texto constitucional por las Cámaras elegidas tras la disolución en una reforma agravada debe hacerse por:
25.- ¿Cuándo se propone la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo II Sección 1ª del Título I, o al Título II?
26.- La Constitución no podrá ser reformada en:
27.- Una vez aprobada la reforma por las Cortes Generales, deberá ser sometida a referéndum para su ratificación si así lo solicitan, dentro de los quince días siguientes a su aprobación:
28.- ¿Quién sanciona la reforma constitucional una vez aprobada?
Guía del examinador
| Nivel Básico Alta presencia en examen¡Test completado! Ahora viene lo importante: entender la lógica detrás de cada pregunta. Hemos analizado los conceptos clave, las trampas donde suele caer la mayoría y los artículos que el tribunal tiene en el punto de mira. Léelo para conectar puntos y reforzar tu criterio, no para memorizar a ciegas.
La reforma constitucional es el bloque más técnico de la Constitución. Sus dos procedimientos y sus limitaciones son materia de examen constante.
El Título X de la Constitución, artículos 166 al 169, regula la reforma constitucional. Es el bloque más técnico de la parte orgánica y el que más precisión requiere en examen. La Constitución española es rígida: no puede modificarse por el procedimiento legislativo ordinario sino que exige procedimientos especiales con mayorías reforzadas.
Existen dos procedimientos de reforma. El procedimiento ordinario del art. 167 requiere la aprobación por mayoría de tres quintos de cada Cámara. Si no hay acuerdo, se forma una comisión mixta y si tampoco hay acuerdo el Congreso puede aprobar la reforma por mayoría de dos tercios siempre que el Senado la hubiera aprobado por mayoría absoluta. El referéndum es facultativo: solo se celebra si lo solicita una décima parte de los diputados o senadores.
El procedimiento agravado del art. 168 se aplica cuando la reforma afecta al Título Preliminar, al Capítulo II del Título I, o al Título II. En este caso las Cortes deben aprobar la iniciativa por mayoría de dos tercios, disolverse, celebrarse nuevas elecciones, y las nuevas Cámaras deben ratificar la decisión y aprobar el nuevo texto constitucional. El referéndum es obligatorio.
| Concepto crítico | Referencia legal | Presencia |
|---|---|---|
| Reforma constitucional ordinaria (art. 167) | Art. 167 CE | Alta |
| Reforma constitucional agravada (art. 168) | Art. 168 CE | Alta |
| Materias sujetas al procedimiento agravado | Art. 168.1 CE | Alta |
| Referéndum facultativo vs. referéndum obligatorio | Arts. 167.3 y 168.3 CE | Alta |
| Prohibición de reforma durante estados excepcionales | Art. 169 CE | Media |
| Iniciativa de reforma constitucional | Art. 166 CE | Media |
Lo que no puedes fallar
- Distingue el art. 167 (reforma ordinaria) del art. 168 (reforma agravada): los quórums, el proceso y el referéndum son distintos
- Memoriza las materias del art. 168: Título Preliminar, Capítulo II del Título I y Título II —solo estas materias requieren el procedimiento agravado
- Recuerda que en la reforma ordinaria el referéndum es facultativo (lo pide 1/10 de diputados o senadores), no obligatorio
- Fíjate que en la reforma agravada el referéndum es siempre obligatorio, no facultativo
- No confundas la iniciativa de reforma (quién puede proponerla) con los quórums de aprobación (qué mayorías se necesitan)
Errores típicos
- Creer que siempre hay referéndum en cualquier reforma constitucional cuando solo es obligatorio en el procedimiento agravado
- Confundir las mayorías del art. 167: no es mayoría absoluta sino tres quintos de cada Cámara
- Pensar que el art. 168 se aplica a cualquier reforma importante cuando solo aplica a las materias expresamente mencionadas
- Olvidar que el art. 169 prohíbe iniciar la reforma constitucional en tiempo de guerra o durante los estados del art. 116
Preguntas frecuentes
El art. 168.1 establece que se requiere el procedimiento agravado cuando la reforma afecte al Título Preliminar (arts. 1-9), al Capítulo segundo del Título I (derechos fundamentales y libertades públicas, arts. 15-29), o al Título II (La Corona, arts. 56-65). Para cualquier otra materia se usa el procedimiento ordinario del art. 167.
En el procedimiento agravado del art. 168 el referéndum es siempre obligatorio. En el procedimiento ordinario del art. 167 el referéndum es facultativo: solo se celebra si dentro de los quince días siguientes a la aprobación de la reforma lo solicitan una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
No. El art. 169 CE prohíbe iniciar la tramitación de una reforma constitucional en tiempo de guerra o durante la vigencia de alguno de los estados del art. 116 (alarma, excepción o sitio). La prohibición afecta a la iniciación, no a la continuación de reformas ya iniciadas antes de declararse el estado excepcional.
🔑 La clave está en la práctica 🔑
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