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Test 2 Título I Ley 39/2015

Domina el procedimiento administrativo.

1.- ¿Están los interesados obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?

2.- ¿Qué es un sello electrónico de una Administración Pública?

3.- Señale la afirmación INCORRECTA sobre la representación.

4.- Un poder otorgado a un representante para un procedimiento concreto, ¿es válido para otros procedimientos?

5.- La firma del personal al servicio de las Administraciones Públicas se realizará mediante los sistemas de firma electrónica que:

6.- La condición de interesado en un procedimiento deriva de:

7.- Si durante la instrucción de un procedimiento se advierte la existencia de titulares de derechos que no han comparecido, se les deberá:

8.- Los apoderamientos inscritos en el registro tendrán una validez máxima de:

9.- La identificación de las Administraciones Públicas se realiza mediante:

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10.- ¿Qué sistema de firma se basa en el uso de un usuario y contraseña?

11.- La Ley 39/2015, en su Título I, regula:

12.- Los sistemas de identificación de los interesados deben ser, en todo caso:

13.- Si una solicitud se presenta por una persona que no acredita la representación, y no la subsana en plazo, ¿qué ocurre?

14.- ¿Qué artículo del Título I define el concepto de interesado?

15.- La firma de los titulares de los órganos administrativos puede ser sustituida por:

16.- Una persona que presenta una denuncia urbanística, ¿es considerada interesada en el procedimiento sancionador que se inicie?

17.- La acreditación de la representación puede hacerse mediante:

18.- ¿Qué es el Registro Electrónico de Apoderamientos?

19.- La renuncia a los derechos por parte de un interesado:

20.- ¿Puede un interesado revocar un poder de representación en cualquier momento?

21.- Si en un procedimiento hay una pluralidad de interesados, y no designan un representante, las actuaciones se practicarán con:

22.- Un poder inscrito en el registro de apoderamientos de una Administración es válido:

23.- Señale la afirmación correcta. La falta de acreditación de la representación:

24.- ¿Quiénes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, además de las personas físicas o jurídicas?

Guía del examinador

| Nivel Básico Alta presencia en examen

Ya has hecho el test. Ahora toca entender por qué cada respuesta es la que es. Aquí tienes el análisis de los conceptos que han caído, los errores que comete casi todo el mundo y los artículos que el examinador tiene más frescos. Úsalo para repasar, no para memorizar.

Los derechos digitales del ciudadano ante la Administración y el Registro Electrónico son los dos focos del Título I.

El Título I de la Ley 39/2015 regula los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas y la obligación de relacionarse electrónicamente. Es uno de los bloques con mayor presencia en los exámenes porque introduce novedades respecto a la anterior Ley 30/1992, especialmente en materia de administración electrónica.

El concepto más preguntado es quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración. El art. 14 establece la obligación para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, quienes representen a un interesado obligado y los empleados de las Administraciones Públicas. Las personas físicas pueden elegir canal salvo que una norma reglamentaria les obligue.

El Registro Electrónico General y el sistema de notificaciones electrónicas son los otros dos focos del Título I. El Registro funciona las 24 horas todos los días del año. Las notificaciones electrónicas se practican a través de la Dirección Electrónica Habilitada única o de comparecencia en la sede electrónica.

Concepto crítico Referencia legal Presencia
Derechos de las personas ante las AAPP Art. 13 Ley 39/2015 Alta
Obligación de relacionarse electrónicamente Art. 14 Ley 39/2015 Alta
Registro Electrónico General Art. 16 Ley 39/2015 Alta
Notificaciones electrónicas Arts. 40-44 Ley 39/2015 Alta
Archivo de documentos Art. 17 Ley 39/2015 Media
Lengua de los procedimientos Art. 15 Ley 39/2015 Media

Lo que no puedes fallar

  • Memoriza quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente: personas jurídicas, entidades sin personalidad, profesionales colegiados, empleados AAPP
  • Recuerda que el Registro Electrónico funciona las 24 horas los 365 días del año
  • Distingue la notificación electrónica (DEH única) de la notificación en papel: plazos y efectos son distintos
  • Fíjate que las personas físicas pueden elegir canal salvo norma reglamentaria que les obligue

Errores típicos

  • Confundir quiénes tienen obligación de relacionarse electrónicamente con quiénes tienen derecho a hacerlo
  • Pensar que el Registro Electrónico solo funciona en horario de oficina
  • Olvidar que el rechazo injustificado de la notificación electrónica se da por practicada
  • Mezclar los plazos de notificación con los plazos de resolución

Preguntas frecuentes

Según el art. 14, están obligados: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan actividad profesional con colegiación obligatoria, los empleados de las AAPP y quienes representen a un interesado obligado. Las personas físicas tienen derecho pero no obligación salvo norma reglamentaria específica.

Es el sistema que proporciona la Administración General del Estado para practicar notificaciones electrónicas. Cada ciudadano tiene asignada una DEH única donde la Administración deposita las notificaciones. El ciudadano tiene 10 días para acceder a la notificación; si no accede en ese plazo se entiende rechazada y la notificación se tiene por practicada.

Los documentos presentados en el Registro Electrónico se tienen por presentados en el momento en que se hayan producido el alta en el registro del sistema de información correspondiente, con independencia de días y horas. Si la presentación se realiza en un día u hora que no sea hábil, se entiende realizada el primer día hábil siguiente.

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