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Test 3 Título I Ley 39/2015

Domina el procedimiento administrativo.

1.- El poder otorgado a un representante, ¿debe constar en el registro de apoderamientos?

2.- La comparecencia de los interesados en las oficinas públicas para la realización de un trámite:

3.- ¿Quiénes ostentan interés legítimo en un procedimiento?

4.- ¿Puede un interesado exigir a una Administración que utilice un sistema de firma concreto?

5.- ¿Están las personas físicas obligadas a relacionarse electrónicamente con las AAPP?

6.- ¿Qué es un Código Seguro de Verificación (CSV)?

7.- El apoderamiento "apud acta" podrá otorgarse mediante comparecencia electrónica en:

8.- El apoderamiento otorgado a un abogado para un procedimiento judicial, ¿es válido para el procedimiento administrativo previo?

9.- Un interesado que no está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, ¿puede hacerlo?

Lince Opositor
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— Marc, Fundador de Lince Opositor

10.- Señale la afirmación INCORRECTA sobre la capacidad de obrar.

11.- El Título I de la Ley 39/2015 comprende los artículos:

12.- Un poder general inscrito en el registro de apoderamientos permite al representante:

13.- ¿Tienen capacidad de obrar los grupos de afectados ante las Administraciones Públicas?

14.- La firma electrónica de un interesado debe garantizar, como mínimo:

15.- Si un interesado presenta varios escritos para un mismo asunto y no indica un domicilio único para notificaciones, ¿dónde se practicarán?

16.- La firma electrónica del DNI se considera un sistema de:

17.- Cuando la condición de interesado derive de alguna relación jurídica transmisible, el derechohabiente:

18.- El Título I de la Ley 39/2015 se divide en:

19.- ¿Qué es un funcionario habilitado?

20.- La representación debe acreditarse para:

21.- ¿Es válido que un interesado se identifique con un sistema de usuario y contraseña de una plataforma privada reconocida por la Administración?

22.- La acreditación de la representación para los actos de mero trámite:

23.- La asistencia de un funcionario habilitado para la identificación de un interesado:

24.- La identificación mediante certificado electrónico cualificado de representante es un sistema válido para:

Guía del examinador

| Nivel Intermedio Alta presencia en examen

Ya has hecho el test. Ahora toca entender por qué cada respuesta es la que es. Aquí tienes el análisis de los conceptos que han caído, los errores que comete casi todo el mundo y los artículos que el examinador tiene más frescos. Úsalo para repasar, no para memorizar.

La obligación de relacionarse por medios electrónicos para determinados sujetos es una de las novedades más preguntadas de la Ley 39.

El Título I de la Ley 39/2015 regula los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas y la obligación de relacionarse electrónicamente. Es uno de los bloques con mayor presencia en los exámenes porque introduce novedades respecto a la anterior Ley 30/1992, especialmente en materia de administración electrónica.

El concepto más preguntado es quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración. El art. 14 establece la obligación para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, quienes representen a un interesado obligado y los empleados de las Administraciones Públicas. Las personas físicas pueden elegir canal salvo que una norma reglamentaria les obligue.

El Registro Electrónico General y el sistema de notificaciones electrónicas son los otros dos focos del Título I. El Registro funciona las 24 horas todos los días del año. Las notificaciones electrónicas se practican a través de la Dirección Electrónica Habilitada única o de comparecencia en la sede electrónica.

Concepto crítico Referencia legal Presencia
Derechos de las personas ante las AAPP Art. 13 Ley 39/2015 Alta
Obligación de relacionarse electrónicamente Art. 14 Ley 39/2015 Alta
Registro Electrónico General Art. 16 Ley 39/2015 Alta
Notificaciones electrónicas Arts. 40-44 Ley 39/2015 Alta
Archivo de documentos Art. 17 Ley 39/2015 Media
Lengua de los procedimientos Art. 15 Ley 39/2015 Media

Lo que no puedes fallar

  • Memoriza quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente: personas jurídicas, entidades sin personalidad, profesionales colegiados, empleados AAPP
  • Recuerda que el Registro Electrónico funciona las 24 horas los 365 días del año
  • Distingue la notificación electrónica (DEH única) de la notificación en papel: plazos y efectos son distintos
  • Fíjate que las personas físicas pueden elegir canal salvo norma reglamentaria que les obligue

Errores típicos

  • Confundir quiénes tienen obligación de relacionarse electrónicamente con quiénes tienen derecho a hacerlo
  • Pensar que el Registro Electrónico solo funciona en horario de oficina
  • Olvidar que el rechazo injustificado de la notificación electrónica se da por practicada
  • Mezclar los plazos de notificación con los plazos de resolución

Preguntas frecuentes

Según el art. 14, están obligados: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan actividad profesional con colegiación obligatoria, los empleados de las AAPP y quienes representen a un interesado obligado. Las personas físicas tienen derecho pero no obligación salvo norma reglamentaria específica.

Es el sistema que proporciona la Administración General del Estado para practicar notificaciones electrónicas. Cada ciudadano tiene asignada una DEH única donde la Administración deposita las notificaciones. El ciudadano tiene 10 días para acceder a la notificación; si no accede en ese plazo se entiende rechazada y la notificación se tiene por practicada.

Los documentos presentados en el Registro Electrónico se tienen por presentados en el momento en que se hayan producido el alta en el registro del sistema de información correspondiente, con independencia de días y horas. Si la presentación se realiza en un día u hora que no sea hábil, se entiende realizada el primer día hábil siguiente.

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