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Test 2 Capítulo V Ley 55/2003

El régimen del personal estatutario.

1.- La rehabilitación puede proceder

2.- El acceso como estatutario fijo requiere

3.- La renuncia a la condición estatutaria debe

4.- La jubilación voluntaria

5.- El personal interino se nombra

6.- El fallecimiento del estatutario supone

7.- La inhabilitación por sentencia judicial

8.- La condición de personal estatutario se adquiere

9.- El reingreso al servicio activo tras excedencia

Lince Opositor
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10.- La condición de estatutario fijo se mantiene

11.- Entre las causas de pérdida de la condición figura

12.- La jubilación forzosa implica

Guía del examinador

| Nivel Básico Alta presencia en examen

¡Test completado! Ahora viene lo importante: entender la lógica detrás de cada pregunta. Hemos analizado los conceptos clave, las trampas donde suele caer la mayoría y los artículos que el tribunal tiene en el punto de mira. Léelo para conectar puntos y reforzar tu criterio, no para memorizar a ciegas.

Especialízate en el régimen del personal interino y las consecuencias de las sentencias judiciales sobre la inhabilitación del personal del servicio de salud en este examen.

Una evaluación técnica que profundiza en las particularidades del personal estatutario interino y la casuística de la inhabilitación absoluta o especial. El examen reta al opositor a distinguir cómo las sentencias judiciales afectan a la permanencia en el servicio y cuáles son los requisitos específicos para mantener la condición de estatutario fijo frente a las situaciones de reingreso desde la excedencia voluntaria o por interés particular.

Concepto crítico Referencia legal Presencia
Personal estatutario interino: nombramiento y causas Art. 9 Ley 55/2003 Alta
Inhabilitación por sentencia judicial firme Art. 21.d Ley 55/2003 Alta
Renuncia a la condición de personal estatutario Art. 22 Ley 55/2003 Media
Jubilación forzosa por cumplimiento de edad Art. 26.2 Ley 55/2003 Media

Lo que no puedes fallar

  • Presta atención a la diferencia entre inhabilitación absoluta e inhabilitación especial para el cargo.
  • Recuerda que la renuncia debe ser manifestada por escrito y no puede ser aceptada si hay un expediente disciplinario abierto.
  • Estudia bien los supuestos de nombramiento interino: vacante, sustitución o programas temporales.

Errores típicos

  • Pensar que la inhabilitación solo afecta si es por delitos contra la Administración Pública.
  • Confundir la renuncia voluntaria con la jubilación voluntaria; son actos jurídicos distintos.
  • Olvidar que el personal temporal también está sujeto a las causas de pérdida de condición del Art. 21.

Preguntas frecuentes

Se nombra por razones de necesidad, de urgencia o para el desarrollo de programas de carácter temporal, siempre para el desempeño de funciones propias de personal estatutario (Art. 9).

Se produce la pérdida de la condición de personal estatutario de forma definitiva, según establece el Art. 21.d.

No, la renuncia no inhabilita para obtener de nuevo dicha condición a través de los procedimientos de selección legalmente establecidos (Art. 22.3).

La condición se mantiene mientras no concurra ninguna de las causas de pérdida del Art. 21, incluso estando en situaciones administrativas distintas al servicio activo.

🔑 La clave está en la práctica 🔑

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